Revisando viejos articulos y disposiciones generales de la Republica, leo:
Articulo 104 / Titulo Decimo Cuarto / Disposiciones Generales ( Constitucion de 1896)
Todo ciudadano podra acusar a cualquier funcionario o empleado publico, ante sus respectivos superiores o ante las autoridades que determine la ley.
Entonces, que pendejos hemos sido, siempre hemos fungido como los jefes de nuestros gobernantes...debemos comenzar a exigir respeto, cumplimiento y moral.
Pero, desde siempre, el que lo ha hecho ha sido un pendejo...que vaina.
sábado, 8 de septiembre de 2007
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